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Estamos a la espera de la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, la cual recogerá medidas que pretenden abordar algunos problemas generales del colectivo de trabajadores autónomos, como la deducibilidad de los gastos y otras referidas a colectivos específicos como los nuevos autónomos o madres y padres que desarrollan su actividad dentro de este Régimen Especial.
Entre las medidas más destacadas se encuentran las siguientes:
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Tarifas y bonificaciones
Muy probablemente se ampliará el periodo inicial de 6 a 12 meses en el que se aplica la tarifa plana de 50 euros.
Es posible que, si el alta no se produce a comienzos de mes, el beneficio se prorratee en función del número de días en el que se está de alta en ese primer mes.
Los menores de 30 años y las mujeres de menos de 35 disfrutarían de beneficios adicionales. En concreto, tendrían un año adicional de bonificación de su cuota a la Seguridad Social.
Además, los denominados autónomos societarios tienen derecho a este beneficio. Igualmente, podrían acceder a él otros colectivos, como los trabajadores del mar.
Bajas por maternidad, paternidad y otros supuestos relacionados
Varias de las medidas incluidas supondrían un aumento de la protección social de los autónomos, extendiendo las bonificaciones del cien por cien de la base de cotización para los autónomos durante las bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogida y riesgo durante el embarazo o lactancia, sin necesidad de ser substituido por otro trabajador.
Esta bonificación sería compatible con las bonificaciones aplicables a los contratos con personas desempleadas que sustituyan a trabajadores autónomos durante estos períodos de descanso.
Para las mujeres que se reincorporen tras la baja por maternidad, adopción, guarda, acogida o tutela, la tarifa de cotización seria de 50 euros al mes durante el primer año o una bonificación del 80 por ciento sobre la cuota por contingencias comunes en los supuestos de que tengan otras bases de cotización. La edad del menor cuyo cuidado da derecho a bonificaciones aumenta de los 7 años a los 12.
Sistema de remisión electrónica de datos
Se podría extenderse a los autónomos el sistema de remisión electrónica de datos. No obstante, para ello habría que esperar a un posterior decreto que lo regulase.
Altas y bajas en el Régimen Especial
Una de las motivaciones de la reforma era cambiar los efectos de las afiliaciones y altas iniciales, que se producirán desde el día en que se produzcan y no desde el primer día del mes.
En cuanto a las bajas, parece que seguirían teniendo efectos el último día del mes. De ese modo, no es posible darse de alta dos veces en el mismo mes.
Se pretende flexibilizar las altas y las bajas, con posibilidad de hasta tres altas y bajas del régimen al año.
Exceso de cotización en caso de pluriactividad
Otra medida que podría ser aprobada, beneficiaría a los autónomos en pluriactividad. Los excesos de cotización les serían devueltos de oficio en el primer cuatrimestre del año. Actualmente, han de presentar una solicitud. Además, se extendería la medida a los trabajadores del mar.
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Deducciones en gastos de manutención y suministros
La ley podrá establecer deducciones para los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando el trabajador autónomo desarrolla su actividad en casa.
También son posibles deducciones para la manutención cuando los pagos se realicen de forma electrónica en establecimientos de hostelería y restauración.
Cotizaciones para autónomos societarios
Otra propuesta pretende modificar las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos societarios, que se regirían por las mismas reglas que el resto de los autónomos.
Otras medidas
La base mínima de cotización para los autónomos que cuenten con diez o más trabajadores contratados será fijada cada año en la Ley de Presupuesto Generales del Estado, quedando desvinculada de la base de cotización de los trabajadores en Régimen General.
Se pretende reforzar la figura del familiar colaborador, se amplían las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de familiares por parte de los trabajadores autónomos y se reduce el grado de discapacidad de los hijos de un trabajador autónomo mayor de 30 años para el acceso de ayudas, con incentivos para que puedan ser contratados como trabajadores por cuenta ajena.
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