Con la próxima entrada en vigor del Reglamento Verifactu, cobra aún más importancia la correcta gestión de las fechas que aparecen en las facturas. Por este motivo, en este blog queremos dar una pincelada a dos de los distintos tipos de fechas que pueden figurar en una factura: la fecha de expedición (también conocida como fecha de factura) y la fecha de operación.
La relación entre estas fechas y el nuevo Reglamento Verifactu en España es muy directa y relevante, ya que dicho reglamento introduce nuevas obligaciones de registro y comunicación inmediata de las facturas emitidas. Esto implica una mayor exigencia en cuanto a la precisión temporal de cada transacción.
En una factura emitida, la fecha de factura y la fecha de operación (ambas consideradas partes del contenido obligatorio según el Reglamento de Facturación) pueden coincidir o no, y cada una cumple una función distinta. Veamos cuáles son sus diferencias:
La fecha de emisión de la factura corresponde al momento en que se genera formalmente el comprobante fiscal. Es la fecha que se utiliza para fines contables y fiscales, como la determinación del periodo en que debe declararse el ingreso o el gasto. Además, suele ser la base para calcular plazos de pago, vencimientos y otras obligaciones contractuales. En el contexto de Verifactu, esta fecha es clave para asegurar un control cronológico riguroso del sistema.
Por su parte, la fecha de operación se refiere al día en que se realiza realmente la transacción: cuando se entrega el bien o se presta el servicio. Esta fecha es crucial porque marca el momento en que se produce el hecho imponible (por ejemplo, para el cálculo del IVA), y puede influir en la deducibilidad del gasto o en la declaración fiscal correspondiente. De acuerdo con Verifactu, esta fecha debe registrarse de forma precisa, ya que refleja la realidad económica de la operación y permite a la Agencia Tributaria verificar que los ingresos declarados se corresponden con la actividad efectivamente realizada.
Bajo el nuevo Reglamento Verifactu, la diferenciación y correcta consignación de ambas fechas se vuelve esencial en los sistemas de facturación, ya que son elementos clave para garantizar la trazabilidad y el control fiscal automatizado. Cualquier incoherencia entre ambas podría generar alertas en los sistemas de la Agencia Tributaria.
Aprovechamos para hacer un recordatorio sobre el momento en que deben expedirse las facturas:
Tipo de operación | Plazo para expedir la factura |
Operación general (entrega de bienes o prestación de servicios) | Hasta el día 16 del mes siguiente al de realización de la operación |
Operaciones intracomunitarias o exportaciones | Hasta el día 16 del mes siguiente al del devengo del IVA |
Facturas recapitulativas (múltiples operaciones en un mismo mes) | Hasta el día 16 del mes siguiente al mes de las operaciones |
Anticipos (pagos recibidos antes de realizar la operación) | En el momento de recibir el anticipo |
Operaciones con la Administración Pública | Hasta el día 16 del mes siguiente, a través del sistema FACe |
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