El Código de Comercio establece que se deben conservar los libros de contabilidad, la documentación y los justificantes durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros. Relativo a las facturas, se…
El Código de Comercio establece que se deben conservar los libros de contabilidad, la documentación y los justificantes durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros. Relativo a las facturas, se…