Los Grupos de interés en Catalunya – Cómo afecta a las entidades del tercer sector

A raíz de la publicación de la Ley 19/2014, de 28 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información y buen gobierno, se ha aprobado en 2016 un código de conducta que regula las relaciones de los altos cargos y del personal directivo de la Administración de la Generalitat y de su sector público con los grupos de interés (Acuerdo de Gobierno 82/2016, de 21 de junio).

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Entendemos por grupos de interés las personas físicas o jurídicas y las organizaciones sin personalidad jurídica que realizan actividades susceptibles de influir directa o indirectamente en la elaboración y aplicación de las políticas públicas, en la elaboración de propuestas normativas o en la toma de decisiones, en defensa de un interés propio o de terceros o de un interés general.

Es por estas razones que a las entidades del tercer sector les afecta plenamente la normativa de los grupos de interés.

Con la finalidad de inscripción y control de los grupos de interés, se ha creado un Registro para reducir el riesgo de que se otorguen ventajas injustas a favor de intereses específicos y de otras actuaciones que ponen en riesgo el interés público.

Mediante este Registro se da conocimiento público de las personas que realizan la actividad de influencia o intermediación, de forma que los ciudadanos pueden conocer las relaciones que tienen con la Administración, los servidores públicos con los que contactan y las reglas éticas a las que deben ajustar su actuación. Sin estar inscritos en el Registro, no se podrían mantener ni siquiera reuniones con los altos cargos. Igualmente, el Acuerdo de Gobierno de 21 de junio contiene un Anexo 2 con un código ético que deben cumplir los denominados grupos de interés, por lo que su consulta se convierte en obligatoria. La inscripción en el Registro comporta la asunción automática de este segundo código. Parece un celo excesivo mezclar en un plano de igualdad lo que puede influir una asociación local de defensa de la naturaleza y una empresa multinacional del petróleo, pero no ha habido manera de corregir este sesgo. Todo el mundo, tiene que pasar por el mismo trámite y los altos cargos harán públicas sus agendas para que sea diáfano con quién se reúnen y sobre qué hablan.

Para más información sobre los trámites a efectuar con el mencionado Registro y otros, pueden dirigirse al siguiente enlace del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya:

http://justicia.gencat.cat/ca/ambits/grups_interes/

Por otra parte, os enlazamos un artículo del Boletín de Xarxanet con una entrevista al Director General de Dret i Entitats Jurídiques muy interesante:

http://xarxanet.org/juridic/noticies/xavier-bernadi-les-entitats-del-tercer-sector-duen-terme-una-activitat-dinfluenci-0

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