Posibilidad de aplicar la amortización acelerada a las Empresas de Reducido tamaño

Con el fin de fomentar la inversión y mejorar la liquidez de las empresas, el sistema tributario español incorpora diversos incentivos dentro del régimen de empresas de reducido tamaño (ERD). Uno de los mecanismos más significativos es la amortización acelerada, que permite deducir fiscalmente el coste de los activos más rápidamente de lo que sería el caso según el plan de amortización estándar.

Este blog analiza cómo funciona este incentivo fiscal y su impacto en la tributación de las pymes.

Marco normativo

La normativa se recoge en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.

Según esta normativa:

  • Las empresas con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros se consideran pequeñas y medianas empresas.
  • Estas empresas pueden acogerse a diversos incentivos fiscales específicos.
  • Un ejemplo destacado es la amortización acelerada de los nuevos activos fijos tangibles e intangibles y de las inversiones inmobiliarias utilizadas en una actividad empresarial.

La normativa permite aplicar una tasa de amortización doble de la tasa máxima de amortización lineal establecida en las tablas fiscales, lo que permite que una mayor proporción del coste del activo sea deducible fiscalmente en los primeros años.

Tratamiento contable y diferencias temporales

Desde el punto de vista contable, la amortización se contabiliza de acuerdo con la vida útil estimada del activo, siguiendo los criterios establecidos en el Plan General de Contabilidad y, por lo general, utilizando porcentajes similares a los de las tablas de amortización.

Por el contrario, la normativa fiscal permite a las pymes aumentar la tasa de amortización a efectos fiscales mediante la aplicación de la amortización acelerada.

Esta diferencia entre:

  • la amortización contable, y
  • la amortización fiscalmente deducible

genera una diferencia temporal entre el resultado contable y la base imponible a efectos fiscales.

Esta diferencia es temporal porque:

  • en los primeros años, el gasto fiscal es superior al contable
  • en los años siguientes, la situación se invierte

Por consiguiente, no se trata de una reducción permanente del impuesto, sino de un aplazamiento temporal de la carga fiscal.

Ejemplo práctico

  • Supongamos que una pyme adquiere una máquina por valor de 100 000 €.
  • Tasa de amortización según las tablas: 10 % anual.
  • Amortización contable normal
  • Amortización anual:
  • 100 000 × 10 % = 10 000 €
  • Plazo: 10 años
  • Amortización fiscal acelerada
  • Tasa doble para pymes: 20 %
  • Amortización fiscal anual:
  • 100 000 × 20 % = 20 000 €
  • Duración aproximada: 5 años
  • Diferencia temporal generada

Primer año:

Concepto Importe
Amortización contable 10.000€
Amortización fiscal 20.000€
Diferencia temporal 10.000€

Si el tipo impositivo es del 24 %, la reducción fiscal temporal será: 10 000 × 24 % = 2 400 €

 

Esto significa que la pyme paga menos impuestos en los primeros años, lo que mejora su flujo de caja, aunque esta diferencia se compensará en el futuro.

La amortización acelerada es uno de los incentivos fiscales más importantes del régimen de pequeñas empresas. Este mecanismo permite adelantar la deducción fiscal del coste de los activos, reduciendo así la base imponible en los primeros años.

Sin embargo, desde una perspectiva económica y contable, este incentivo genera diferencias temporales entre el resultado contable y la base imponible, ya que la amortización contable se calcula en función de la vida útil del activo, mientras que la normativa fiscal permite tasas más elevadas.

Por lo tanto, la amortización acelerada no reduce el impuesto de forma permanente, sino que permite aplazar parte de la carga fiscal, lo que puede contribuir a mejorar la capacidad de inversión y la liquidez de las pymes.

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