{"id":11962,"date":"2020-02-12T17:46:49","date_gmt":"2020-02-12T16:46:49","guid":{"rendered":"https:\/\/gestiobcn.com\/?p=11962"},"modified":"2020-02-12T17:46:49","modified_gmt":"2020-02-12T16:46:49","slug":"ventajas-de-las-sociedades-laborales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/ventajas-de-las-sociedades-laborales\/","title":{"rendered":"Ventajas de las sociedades laborales"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #808000;\"><strong>Adem\u00e1s de la conocida posibilidad de poder optar a la modalidad de pago \u00fanico de la prestaci\u00f3n por desempleo existen otras ventajas a tener en cuenta. Tratamos en este blog, tanto la capitalizaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n como el resto de las ventajas.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">La Sociedad Limitada Laboral y la modalidad de pago \u00fanico de la prestaci\u00f3n por desempleo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ha habido en los \u00faltimos a\u00f1os modificaciones que facilitan que, beneficiarios de una prestaci\u00f3n por desempleo de nivel contributivo, puedan percibir la totalidad de la prestaci\u00f3n en la modalidad de pago \u00fanico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para poder capitalizar esta cantidad en su cien por cien, la actividad econ\u00f3mica que se pretende realizar debe estar enmarcada en alguno de los \u00e1mbitos siguientes:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 Constituir una cooperativa o incorporarse a una ya constituida, como socio trabajador o de trabajo y de car\u00e1cter estable no temporal.<br \/>\u2022 Constituir una sociedad laboral o incorporarse a una ya constituida como socio trabajador o de trabajo de car\u00e1cter estable no temporal.<br \/>\u2022 Desarrollar una actividad como profesional liberal o como trabajador aut\u00f3nomo. En el supuesto de trabajadores aut\u00f3nomos sin discapacidad el importe de la capitalizaci\u00f3n corresponde al de la inversi\u00f3n necesaria para desarrollar la actividad, con el l\u00edmite m\u00e1ximo del 60% del importe de la prestaci\u00f3n por desempleo de nivel contributivo pendiente de percibir, excepto para aquellos beneficiarios que sean, en la fecha de la solicitud, hombres que tengan hasta 30 a\u00f1os de edad o mujeres que tengan hasta 35 a\u00f1os, en cuyo caso el l\u00edmite a capitalizar puede llegar al cien por cien.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed, la Sociedad Limitada Laboral es una de las pocas v\u00edas de financiaci\u00f3n de las cuales pueden beneficiarse los nuevos emprendedores obteniendo, si lo desean, el cien por cien de la prestaci\u00f3n pendiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta forma jur\u00eddica est\u00e1 regulada por la <em><span style=\"text-decoration: underline;\">Ley 4\/1997 de Sociedades Laborales<\/span><\/em>. En este tipo de sociedades la mayor\u00eda del capital social debe ser <strong>propiedad de los trabajadores<\/strong> que ofrecen servicios retribuidos de forma personal y directa, y con una relaci\u00f3n laboral por tiempo indefinido. Y adem\u00e1s, <strong>requiere un m\u00ednimo de tres socios<\/strong> para que ninguno de ellos tenga una participaci\u00f3n superior a un tercio del capital social.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En su denominaci\u00f3n deber\u00e1 figurar la indicaci\u00f3n &#8220;sociedad de responsabilidad limitada laboral\u00bb o la abreviatura <strong>SLL<\/strong>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La sociedad laboral se inscribirse en el Registro Mercantil para adquirir su personalidad jur\u00eddica, pero como veremos m\u00e1s adelante, previamente, debe obtener la calificaci\u00f3n como laboral por parte del Registro de Sociedades Laborales del <em><span style=\"text-decoration: underline;\">Departamento de Trabajo de la Generalitat de Catalunya<\/span><\/em>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Su <strong>capital social<\/strong> se divide en participaciones sociales. Y debe ser por importe m\u00ednimo de 3.000,00 euros. Dicho capital social debe estar suscrito y desembolsado en su totalidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los tr\u00e1mites para la constituci\u00f3n y puesta en marcha de la sociedad son los siguientes:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 Elaboraci\u00f3n de los Estatutos. <br \/>\u2022 Certificado bancario en que conste el dep\u00f3sito, a nombre de la Sociedad, del cien por cien del capital. <br \/>\u2022 Otorgamiento de escritura p\u00fablica y protocolizaci\u00f3n de los Estatutos ante notario. Es preciso presentar certificaci\u00f3n del Registro Mercantil Central que acredite la no existencia de otra Sociedad con la misma denominaci\u00f3n. Dicha certificaci\u00f3n tiene una validez de dos meses desde la fecha de su expedici\u00f3n. <br \/>\u2022 Liquidaci\u00f3n del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados, en el organismo competente de cada Comunidad Aut\u00f3noma. <br \/>\u2022 Solicitud de calificaci\u00f3n, inscripci\u00f3n y certificaci\u00f3n como Sociedad Laboral en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. <br \/>\u2022 Inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil. Para dicha inscripci\u00f3n ser\u00e1 necesario aportar la certificaci\u00f3n del Registro Administrativo correspondiente, en la que conste que la misma ha sido calificada como tal e inscrita en dicho Registro. Desde la inscripci\u00f3n en el Registro Mercantil la Sociedad adquiere personalidad jur\u00eddica propia.<br \/>\u2022 Solicitud del C\u00f3digo de Identificaci\u00f3n Fiscal, en la Agencia Tributaria. <br \/>\u2022 Declaraci\u00f3n previa al inicio en la actividad, en la Agencia Tributaria. <br \/>\u2022 Declaraci\u00f3n de Alta en el Impuesto sobre Actividades Econ\u00f3micas, en la Agencia Tributaria. <br \/>\u2022 Legalizaci\u00f3n de los libros oficiales, en el Registro Mercantil. <br \/>\u2022 Alta de la Sociedad Laboral como empresa en la Seguridad Social. <br \/>\u2022 Afiliaci\u00f3n de los socios y trabajadores a la Seguridad Social, con anterioridad a la iniciaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de servicios. <br \/>\u2022 Comunicaci\u00f3n de la apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral, en el \u00c1rea Funcional de Trabajo e Inmigraci\u00f3n correspondiente. <br \/>\u2022 Inscripci\u00f3n de patentes, modelos, dise\u00f1os industriales, marcas y r\u00f3tulos, en el Registro de la Propiedad Industrial. <br \/>\u2022 Inscripci\u00f3n de inmuebles aportados, en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>El encuadramiento de los socios<\/strong> y trabajadores en el sistema de la Seguridad Social es el siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los socios trabajadores de las Sociedades Laborales, cualquiera que sea su participaci\u00f3n en el capital social y aun cuando formen parte del \u00f3rgano de administraci\u00f3n social, tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusi\u00f3n en el R\u00e9gimen General o Especial de la Seguridad Social que corresponda por raz\u00f3n de su actividad, y quedar\u00e1n comprendidos en la protecci\u00f3n por desempleo y en la otorgada por el Fondo de Garant\u00eda Salarial, cuando estas contingencias estuvieran previstas en dicho R\u00e9gimen.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dichos socios trabajadores se asimilan a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusi\u00f3n en el R\u00e9gimen de la Seguridad Social que corresponda, con exclusi\u00f3n de la protecci\u00f3n por desempleo y de la otorgada por el Fondo de Garant\u00eda Salarial, en los siguientes supuestos:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2022 Cuando, por su condici\u00f3n de administradores sociales, realicen funciones de direcci\u00f3n y gerencia de la sociedad siendo retribuidos por el desempe\u00f1o de este cargo, est\u00e9n o no vinculados, simult\u00e1neamente, a la misma mediante relaci\u00f3n laboral com\u00fan o especial. <br \/>\u2022 Cuando, por su condici\u00f3n de administradores sociales, realicen funciones de direcci\u00f3n y gerencia de la sociedad y, simult\u00e1neamente, est\u00e9n vinculados a la misma mediante relaci\u00f3n laboral de car\u00e1cter especial del personal de alta direcci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo destacar que podr\u00e1n acogerse al R\u00e9gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut\u00f3nomos los socios trabajadores, cuya participaci\u00f3n en el capital social, m\u00e1s la participaci\u00f3n del c\u00f3nyuge y los parientes por consanguinidad, afinidad o adopci\u00f3n hasta el segundo grado, con los que conviva, llegue al menos al 50% del capital social.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">Otras ventajas<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Car\u00e1cter social, empresa propiedad de los trabajadores.<\/strong> <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El control de la sociedad lo ejercen los socios trabajadores.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La importancia de las sociedades laborales es constitucionalmente reconocida en el art\u00edculo 129.2 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola con un mandato expreso que ordena a los poderes p\u00fablicos la promoci\u00f3n de las diversas formas de participaci\u00f3n en la empresa y el establecimiento de las medidas que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pese a ser sociedades de capital, las sociedades laborales son, por sus fines y principios orientadores, entidades de la econom\u00eda social, y por tanto, deben ser acreedoras de sus pol\u00edticas de promoci\u00f3n, lo que obliga a las administraciones a crear un entorno que fomente su desarrollo e implantaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Exenci\u00f3n en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211; Total en el acto de constituci\u00f3n la sociedad laboral, est\u00e1 exenta del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados en la constituci\u00f3n y en las ampliaciones de capital, con el \u00fanico requisito para acceder a este beneficio fiscal es destinar al Fondo Especial de Reserva de la empresa el 25% de los beneficios l\u00edquidos.<br \/>&#8211; Bonificaci\u00f3n del 99% en los casos de transacciones de bienes y derechos patrimoniales de la empresa y contratos de pr\u00e9stamos, siempre y cuando sean destinados a inversiones en activos fijos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>Libertad de amortizaci\u00f3n<\/strong><\/span> de los elementos del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias afectos a la realizaci\u00f3n de sus actividades, adquiridos durante los cinco primeros a\u00f1os a partir de la fecha de su calificaci\u00f3n como sociedad laboral.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La sociedad laboral puede anticipar fondos, conceder cr\u00e9ditos o pr\u00e9stamos, prestar garant\u00edas o facilitar asistencia financiera para la adquisici\u00f3n de sus propias acciones o participaciones por los trabajadores de la sociedad con contrato por tiempo indefinido que no sean socios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"text-decoration: underline;\">Normativa aplicable<\/span><br \/>\u2022 Ley 44\/2015, de 15 de octubre, de Sociedades Laborales y participadas.<br \/>\u2022 Real Decreto Legislativo 1\/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #808000;\"><strong>Asesor\u00eda en Barcelona<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #808000;\"><strong>SAGARRA I MONTALVO GESTI\u00d3 BCN<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Adem\u00e1s de la conocida posibilidad de poder optar a la modalidad de pago \u00fanico de la prestaci\u00f3n por desempleo existen otras ventajas a tener en cuenta. 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