{"id":10471,"date":"2019-06-20T09:44:47","date_gmt":"2019-06-20T08:44:47","guid":{"rendered":"https:\/\/gestiobcn.com\/?p=10471\/"},"modified":"2019-06-20T09:44:47","modified_gmt":"2019-06-20T08:44:47","slug":"renta-2018-los-rendimientos-del-trabajo-y-las-retenciones-mal-practicadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/renta-2018-los-rendimientos-del-trabajo-y-las-retenciones-mal-practicadas\/","title":{"rendered":"Renta 2018. Los rendimientos del trabajo y las retenciones mal practicadas."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #333333; font-size: 12pt;\"><strong>La mayor\u00eda de los errores a la hora de calcular la cantidad a retener se produce en los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales ya que su cuant\u00eda es variable seg\u00fan las retribuciones y las circunstancias personales del trabajador, mientras que en el resto de las rentas sujetas a retenci\u00f3n les son de aplicaci\u00f3n un tipo fijo, pero en caso de producirse tambi\u00e9n errores, la forma de actuar y las recomendaciones son de igual aplicaci\u00f3n.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las retenciones mal practicadas pueden darse por exceso y tambi\u00e9n aquellas efectuadas por una cuant\u00eda inferior a la legalmente establecida, pero las consecuencias y la forma de arreglar el error son diferentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\"><strong><u>Cuando las retenciones han sido mal practicadas por exceso:<\/u><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este supuesto el perjudicado es el perceptor de las rentas, que ve disminuida en mayor medida el importe final de su retribuci\u00f3n, mientras que para el pagador de las rentas obligado a realizar retenci\u00f3n el efecto es nulo, teniendo en cuenta que el ingreso que ha realizado de m\u00e1s en la Hacienda P\u00fablica se corresponde con lo que ha pagado de menos al perceptor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este sentido, la forma m\u00e1s f\u00e1cil de corregir este error es esperar a confeccionar la declaraci\u00f3n de la renta y deducirse las cantidades efectivamente retenidas, que aun superiores al tipo legalmente establecido, han sido realmente soportadas e ingresadas, como se justifica en el certificado de retenciones que debe entregar el retenedor. As\u00ed, la menor retribuci\u00f3n percibida con motivo de la retenci\u00f3n incorrecta se ver\u00e1 favorecida con una mayor devoluci\u00f3n o un menor ingreso a Hacienda, quedando as\u00ed la situaci\u00f3n regularizada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si el trabajador afectado por el exceso de retenci\u00f3n no quiere esperar a la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n de la renta deber\u00e1 realizar una solicitud de devoluci\u00f3n de ingresos indebidos a la Agencia Tributaria, instando la rectificaci\u00f3n del modelo de autoliquidaci\u00f3n de retenciones correspondiente. La solicitud podr\u00e1 solicitarla tanto el retenedor como el perceptor de las rentas y en todo caso, quien percibir\u00e1 la devoluci\u00f3n ser\u00e1 el perceptor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #000000;\"><strong><u>Cuando las retenciones han sido mal practicadas por defecto:<\/u><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta situaci\u00f3n es f\u00e1cilmente subsanable si el perceptor de las rentas, objeto de una retenci\u00f3n inferior a la debida legalmente, s\u00f3lo se deduce en su declaraci\u00f3n de la renta las cantidades efectivamente retenidas al efectuar la declaraci\u00f3n de la renta. En este caso, es doctrina del Tribunal Econ\u00f3mico Administrativo Central (TEAC) que es improcedente exigir al retenedor las cantidades no retenidas si el contribuyente ha ingresado la cuota principal. Por lo que, en caso de requerimiento de la Agencia Tributaria, \u00e9sta s\u00f3lo podr\u00eda liquidar los intereses de demora consecuencia del diferimiento producido en el IRPF.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, si el perceptor de la renta se deduce en su declaraci\u00f3n la cantidad que debi\u00f3 ser retenida en lugar de la efectivamente retenida- acogi\u00e9ndose al art\u00edculo 99.5 de la Ley del IRPF-, o si no presentara declaraci\u00f3n por no estar obligado, se producir\u00eda un perjuicio para la Hacienda P\u00fablica, que practicar\u00eda liquidaci\u00f3n provisional contra el retenedor por la diferencia surgida, amparada en el precepto de que \u201c<em>los sujetos obligados a retener o a ingresar a cuenta asumir\u00e1n la obligaci\u00f3n de efectuar el ingreso en el Tesoro, sin que el incumplimiento de aquella obligaci\u00f3n<\/em> -la de practicar retenci\u00f3n- <em>pueda excusarles de \u00e9sta<\/em> -la de realizar el ingreso-\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esto supone infracci\u00f3n tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidaci\u00f3n, y est\u00e1 regulada en el art\u00edculo 191 de la Ley General Tributaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hasta aqu\u00ed hemos supuesto que el responsable del error en la retenci\u00f3n mal practicada es del retenedor, pero si por el contrario, el retenedor pudiera probar que el error se ha originado por la incorrecta comunicaci\u00f3n de datos realizada por el trabajador mediante el modelo 145 \u2013 de ah\u00ed la importancia de que la empresas y entidades retenedoras conserven un original firmado por el trabajador-, no ser\u00eda de aplicaci\u00f3n la sanci\u00f3n alguna al retenedor y la Agencia Tributaria podr\u00eda incoar expediente sancionador al perceptor de las rentas por la infracci\u00f3n regulada en el art\u00edculo 205 de la Ley General Tributaria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La cuant\u00eda de estas sanciones hace recomendable que una vez advertido el error en la retenci\u00f3n se opte por presentar una declaraci\u00f3n complementaria del modelo de autoliquidaci\u00f3n de retenciones presentado incorrectamente y asumir el recargo por declaraci\u00f3n extempor\u00e1nea.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #808000;\"><strong>Asesor\u00eda en Barcelona<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #808000;\"><strong>SAGARRA I MONTALVO GESTI\u00d3 BCN<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La mayor\u00eda de los errores a la hora de calcular la cantidad a retener se produce en los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales ya que su cuant\u00eda es&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":10462,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[38],"tags":[],"class_list":["post-10471","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categorizar"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10471","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10471"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10471\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/10462"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10471"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10471"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/gestiobcn.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10471"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}