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	<title>AUTÓNOMOS COTIZACION | Assessoria SM Gestió (Barcelona) Fiscal, laboral</title>
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	<title>AUTÓNOMOS COTIZACION | Assessoria SM Gestió (Barcelona) Fiscal, laboral</title>
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		<title>Nueva tarifa plana para emprendedores para 2023</title>
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		<dc:creator><![CDATA[gestiobcn.com]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Nov 2022 13:34:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Area Laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p> </p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #808000;"><strong>En el </strong><a style="color: #808000;" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-12482#at"><strong>Real Decreto-ley 13/2022</strong></a><strong>, de 26 de julio, publicado en el BOE el 27 de julio, en el que se establece un </strong><a style="color: #808000;" href="https://www.sage.com/es-es/blog/cotizacion-autonomos-para-el-2021-por-ingresos-reales-sage-advice/"><strong>nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos</strong></a><strong> y se mejora la protección por cese de actividad, regula también en el art. 38 una nueva tarifa plana por inicio de actividad por cuenta propia para los nuevos autónomos.</strong></span></p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #808000;"><strong>Esta nueva tarifa plana es similar a la ya existente de 60 euros mensuales, pero se adapta al nuevo sistema de cotización y modifica su cuantía.</strong></span></p>
<p><em> </em></p>
<p style="text-align: justify;">Así, para aquellos autónomos que inicien su actividad y que no hubieran estado en situación de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, en los dos años inmediatamente anteriores se aplicará una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales durante los doce meses naturales completos siguientes. Quedando los trabajadores exonerados de cotizar por cese de actividad y por formación profesional.</p>
<p style="text-align: justify;">Transcurrido los primeros doce meses, también podrá aplicarse una cuota reducida durante los siguientes doce meses naturales completos. Respecto a aquellos trabajadores por cuenta propia, cuyos rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional anual que corresponda a este período.</p>
<p style="text-align: justify;">La aplicación de la cuota reducida deberá ser solicitada por los trabajadores en el momento de su alta. También se deberá solicitar la prórroga si los ingresos son inferiores al salario mínimo. En este caso, la solicitud deberá acompañarse de una declaración relativa a que los rendimientos económicos netos que se prevén obtener serán inferiores al salario mínimo.</p>
<p style="text-align: justify;">El período de baja en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, exigido en este artículo para tener derecho a las reducciones en la cotización, en caso de reemprender una actividad por cuenta propia, será de tres años cuando los trabajadores autónomos hubieran disfrutado de dichas reducciones en su anterior período de alta en el citado régimen especial.</p>
<p style="text-align: justify;">Una vez finalizado el periodo máximo de disfrute de las reducciones en la cotización, se deberá cotizar por todas las contingencias a partir del día primero del mes siguiente.</p>
<p style="text-align: justify;">El importe de la tarifa durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025 será de 80 euros mensuales.</p>
<p style="text-align: justify;">En caso de tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o ser víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, el periodo de aplicación de la cuota reducida será de 24 meses naturales completos. Este periodo puede ampliarse hasta 36 meses para estos trabajadores por cuenta propia. Siempre que sus rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional anual que corresponda a este período. En este caso, la cuantía de la cuota reducida será, entre los años 2023 y 2025, de 80 euros mensuales<strong>,</strong> hasta la finalización de los primeros veinticuatro meses naturales completos. Y de 160 euros a partir del mes vigesimoquinto.</p>
<p style="text-align: justify;">Las cuantías de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los trabajadores por cuenta propia durante el período, o los períodos en que se beneficien de la cuota reducida, se determinarán con arreglo al importe de la base mínima del tramo inferior de la tabla general de bases.</p>
<p> </p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #808000;">Asesoría en Barcelona</span></p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #808000;">SAGARRA i MONTALVO GESTIÓ BCN</span></p>
<p> </p><p>The post <a href="https://gestiobcn.com/es/nueva-tarifa-plana-para-emprendedores-para-2023/">Nueva tarifa plana para emprendedores para 2023</a> first appeared on <a href="https://gestiobcn.com/es/">Assessoria SM Gestió (Barcelona) Fiscal, laboral</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Nuevos cambios para trabajadores autónomos</title>
		<link>https://gestiobcn.com/es/nuevos-cambios-para-trabajadores-autonomos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[gestiobcn.com]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Sep 2022 07:28:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Area Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[asesoría en Barcelona]]></category>
		<category><![CDATA[asesoria laboral]]></category>
		<category><![CDATA[AUTÓNOMOS 2023]]></category>
		<category><![CDATA[AUTÓNOMOS COTIZACION]]></category>
		<category><![CDATA[cotización 2023]]></category>
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					<description><![CDATA[]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p> </p>
<p><span style="color: #808000;">El Real decreto-ley reforma y añade distintos preceptos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, cuya entrada en vigor es el 1 de enero de 2023.</span></p>
<p> </p>
<p>Se introducen cambios en la acción protectora de los trabajadores autónomos por cuenta propia:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">Regula la bonificación en la cotización para los autónomos que sean beneficiarios de la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.</li>
</ul>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Se regula el acceso a la prestación de cese por actividad en el supuesto de cese temporal causado por fuerza mayor.</li>
</ul>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Se crea la prestación de cese de actividad parcial del trabajador autónomo, siendo el régimen de la prestación diferente en el caso de que el autónomo tenga o no trabajadores por cuenta ajena a su servicio.</li>
</ul>
<ul>
<li style="text-align: justify;">Introduce una nueva prestación para la sostenibilidad de la actividad de las personas trabajadoras autónomas de un sector de actividad afectado por el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo en su modalidad cíclica.</li>
</ul>
<p> </p>
<p>Introduce un nuevo sistema de cotización:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">La cotización de los trabajadores por cuenta propia se efectuará por tramos en función de los rendimientos netos anuales del trabajador autónomo.</li>
</ul>
<ul style="text-align: justify;">
<li>En el concepto de rendimientos netos se integrarán todos los rendimientos anuales obtenidos por los trabajadores autónomos en el ejercicio de sus actividades económicas, a estos ingresos anuales se deducirán todos los gastos producidos en el ejercicio de la actividad y necesarios para su obtención, adicionalmente se aplicará una deducción del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.</li>
</ul>
<ul style="text-align: justify;">
<li>De los ejercicios 2023 a 2025 se aplicará una tabla de 15 tramos para cada ejercicio en los que se determina la base de cotización según los rendimientos netos obtenidos.</li>
<li>Los autónomos podrán cambiar hasta seis veces al año su cuota en función de su previsión de ingresos netos, al finalizar el ejercicio y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose cuotas por la Seguridad Social o bien ingresando las cuotas si los rendimientos netos han sido superiores a los previstos a lo largo del ejercicio.</li>
</ul>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Si el trabajador autónomo prevé que sus rendimientos van a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, se prevé la posibilidad de elegir base de cotización dentro de una tabla reducida.</li>
</ul>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Se establecen mecanismos de colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Administración tributaria en el caso de que se detecten diferencias con los rendimientos computables a efectos fiscales.</li>
</ul>
<ul>
<li style="text-align: justify;">Antes del 1 de enero de 2026 el Gobierno determinará el calendario de aplicación del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, que contemplará el despliegue de la escala de tramos de ingresos y bases de cotización del siguiente periodo, con un máximo de seis años.</li>
</ul>
<p> </p>
<p style="text-align: justify;">También se establece una cuota reducida de 80 euros en el inicio de actividad como trabajador por cuenta propia, por un periodo de 12 meses, prorrogable por 12 meses más si el autónomo registra ingresos inferiores al SMI a lo largo del primer año de actividad.</p>
<p> </p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #808000;">Asesoría en Barcelona</span></p>
<p style="text-align: center;"><span style="color: #808000;">SAGARRA i MONTALVO GESTIÓ BCN</span></p><p>The post <a href="https://gestiobcn.com/es/nuevos-cambios-para-trabajadores-autonomos/">Nuevos cambios para trabajadores autónomos</a> first appeared on <a href="https://gestiobcn.com/es/">Assessoria SM Gestió (Barcelona) Fiscal, laboral</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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