Ley de transparencia. Nivel de sujeción de Fundaciones y Asociaciones declaradas de utilidad pública a los instrumentos de transparencia

Con la publicación de la orden JUS / 152/2018 publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) se establecen las diferentes obligaciones en función de criterios como la tipología y la dimensión de las entidades.   

  

Concretamente fija los criterios que determina la sujeción a las obligaciones de transparencia y define cuáles son las obligaciones concretas para cada categoría de entidades, a fin efecto de que todas las personas físicas y jurídicas, privadas y públicas puedan acceder a la información que las entidades están obligadas a publicar.

En un último blog, ya hacíamos mención de las obligaciones de transparencia de las entidades, en función de la relación que éstas tengan con la administración.

Ahora, a raíz de la reciente publicación de la orden, hacemos mención a los requisitos que deben cumplir las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública en materia de transparencia.

Los criterios a tener en cuenta a la hora de fijar el nivel de sujeción serán en función de la dimensión de las entidades y el hecho de que esté o no obligada a auditar las cuentas:

https://gestiobcn.com/limits-per-a-lelaboracio-dels-comptes-anuals-i-lauditoria/

También en relación con las fuentes de financiación, se debe tener en cuenta si las entidades perciben fondos públicos, así como si están sujetos al control financiero de la Intervención General de la Generalitat y de la Sindicatura de Cuentas.

 

Las Fundaciones y Asociaciones Declaradas de Utilidad Pública, sea cual sea su dimensión, están obligadas a hacer públicas (transparencia información) los siguientes datos:

  1. Actividades.
  2. Direcciones de correo postal y electrónico.
  3. Composición de los órganos de gobierno y del equipo directivo: relación nominal de las personas que ocupan los cargos de los órganos de gobierno y directivos de la entidad.
  4. Estados financieros y memoria económica: las Cuentas Anuales.
  5. Estatutos.
  6. Estructura directiva y de gobierno: órganos colegiados o unipersonales exigidos legal y estatutariamente, que gobiernan y dirigen la entidad. Incluye Patronato y Junta Directiva.
  7. Estructura organizativa: órganos de carácter obligatorio y voluntario cretas por la entidad conforme al procedimiento establecido en los estatutos y las funciones atribuidas a cada uno.
  8. Fines o finalidades.
  9. Misión de la entidad.
  10. Resultado de las actividades cumplidas: descripción de los proyectos iniciados y ejecutados durante el último ejercicio económico cerrado.
  11. Sitio web.

 

Aparte, en función de su dimensión y de si reciben o no fondos públicos, habrá que ir añadiendo:

  • De pequeño tamaño y que no reciben fondos públicos, deben publicar los datos mencionados anteriormente.
  • De pequeño tamaño y que reciben fondos públicos, añadir:
    • El balance social: El instrumento de comunicación de las entidades con las administraciones, las personas beneficiarias y las benefactoras, en que se exponen las actividades llevadas a cabo y su repercusión social.
    • El colectivo de personas beneficiarias atendidas: Personas usuarias o beneficiarias de la actividad de la entidad. Esta información debe contener el número de personas, los criterios utilizados para su selección y la descripción de las prestaciones y los servicios realizados.
    • Los concursos, los contratos y las licitaciones.
    • El programa y la memoria anual de actividades.
  • De tamaño medio y que no reciben fondos públicos:
    • El colectivo de personas beneficiarias atendidas.
    • El programa y la memoria anual de actividades.
  • De tamaño medio y que reciben fondos públicos, añadir:
    • El balance social.
    • El código de buen gobierno y buenas prácticas de gestión: documento que formaliza el conjunto de normas de actuación, principios éticos y reglas que guían la actuación de los miembros de los órganos de gobierno y de los profesionales en el desarrollo de las funciones.
    • Los concursos, los contratos y las licitaciones.
    • Las principales líneas estratégicas de actuación: Los objetivos aprobados por los órganos de gobierno que se desarrollan posteriormente mediante diferentes programas de actuación.
  • De gran dimensión y que no reciben fondos públicos:
    • El código de buen gobierno y buenas prácticas de gestión.
    • El colectivo de personas beneficiarias atendidas.
    • El programa y la memoria anual de actividades.
    • Las principales líneas estratégicas de actuación.
  • De gran dimensión y que reciben fondos públicos, añadir:
    • El balance social.
    • Los concursos, los contratos y las licitaciones.
    • El informe anual del código de conducta: La relación escrita anual sobre el grado de cumplimiento del código de conducta que deben seguir las entidades sin ánimo de lucro cuando hacen inversiones financieras temporales en el mercado de valores, de acuerdo con la normativa vigente.
    • El informe de gobierno corporativo: Evaluación emitida por el órgano de gobierno de las entidades sobre la forma de elección y el funcionamiento de sus órganos de dirección, gestión y control, la manera de relacionarse entre ellos y sobre su estructura.

 

Si las entidades están obligadas a someter las cuentas anuales a auditoría externa, estarán obligadas a hacer público el informe de auditoría junto con los estados financieros y la memoria económica.

Si están sometidas al control financiero de la Intervención General de la Generalitat y de la Sindicatura de Cuentas, están obligadas a hacer públicas también el informe de la Intervención y / o Sindicatura.

Los ejercicios de referencia para la publicación inicial de la información son las siguientes: Las entidades deben presentar el programa anual de actividades y las principales líneas estratégicas de actuación referentes al ejercicio actual, 2018.

Del 2017 están obligadas a publicar el resto de información: el balance social, el colectivo de personas beneficiarias atendidas, los concursos, contratos y licitaciones, los estados financieros y la memoria económica, el informe anual del código de conducta, la memoria anual de actividades, el resultado de las actividades desarrolladas y la auditoría.

Las entidades han de difundir la información de una manera veraz y objetiva, organizada y ordenada, y para facilitar la consulta de la información, se pueden usar medios informáticos como la página web de la entidad.

 

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