La Transparencia en el ámbito de las Entidades Catalanas y su regulación

Fuente de información: Laboratori de Periodisme i Comunicació per a la Ciutadania Plural

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La Transparencia es un Valor que deben compartir todas las personas que forman una entidad, y por eso es necesario que todos estén de acuerdo y sigan la misma línea.

Es una Actitud que deben incorporar las personas que gestionan o tienen responsabilidades de comunicación; aquellas que deciden qué se publica.

Es un Principio que aplicamos a la información que explica cómo se gobierna y gestiona una entidad y qué requiere. Hay que evaluar cuando se hace o no una comunicación transparente.

Cabe decir que la Transparencia ya hecha y en funcionamiento, mejora la gestión interna de las entidades y, al mismo tiempo, hace pedagogía entre los miembros de la misma. Los flujos de información en las entidades debe funcionar muy bien, y sino, hay que resolver los desajustes. La Transparencia aporta rigor y, por tanto, mejora la gestión.

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En el año 2013 se aprobó a nivel estatal la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la cual entró en vigor el pasado mes de diciembre.

http://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-12887-consolidado.pdf

En el 2014 se promulgó la Llei 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y nace de la necesidad de regular a nivel autonómico conceptos básicos relacionados precisamente con la Transparencia.

http://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/6780/1395384.pdf

De acuerdo con su artículo 2.a, se entiende por Transparencia como “la acción proactiva de la Administración de dar a conocer la información relativa a sus ámbitos de actuación y sus obligaciones, con carácter permanente (debe estar siempre disponible) y actualizado (hay que ir modificando permanentemente), de la forma que resulte más comprensible para las personas y por medio de los instrumentos de difusión que les permitan un acceso amplio y fácil a los datos y faciliten la participación en los asuntos públicos. “

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¿Cuáles son las entidades sin ánimo de lucro que la Ley obliga?

  • Fundaciones del sector público.
  • Personas jurídicas que perciban fondos públicos para funcionar o para llevar a cabo sus actividades.
  • Entidades privadas que reciban ayudas o subvenciones por más de 100.00,00 € anuales.
  • Entidades privadas que reciban ayudas o subvenciones por más de 5.000,00 € anuales y que al menos el 40% de sus ingresos anuales proceda de subvenciones o ayudas públicas.
  • Entidades adjudicatarias de contratos del sector público.

 

Sobre qué aspectos hay que informar?

  • Cuál es la misión, hay que entender los objetivos, los valores …
  • Cuáles son los órganos de gobierno.
  • Qué personas ocupan estos cargos.
  • Cómo se gestiona: de debe publicar documentos y explicarlo de forma comprensible.
  • Cómo se facilita la información: Se debe propiciar la participación a las entidades.

Algunos temas claros a publicitar serían, por ejemplo:

  • Cuando la entidad recibe subvenciones o una ayuda pública se publicará en la web y explicar con el fin de facilitar su comprensión.
  • Explicar el coste y el beneficio tanto económico como social que representa el trabajo de los voluntarios.
  • De qué manera cubrimos la falta de tesorería.
  • Dar a conocer las cuentas anuales y el plan estratégico: hay que dar información de que pensamos hacer, qué hemos hecho, y analizar si hemos alcanzado los objetivos.

Hay que tener en cuenta que la gente y especialmente los asociados cada vez quieren disponer de más información.

 

La Transparencia aporta beneficios claros en diferentes ámbitos:

  • Genera conocimiento: podemos acceder a informaciones, se pueden contratar … Mejora la confianza interna (quienes trabajan o colaboran) y externa (los que lo ven desde fuera).
  • Fomenta la democracia: si sabemos, podemos participar. Hace posible la participación y el diálogo en condiciones de igualdad.
  • Ayuda al desarrollo: Hay una relación directa entre los países desarrollados y las políticas de transparencia. La Transparencia mejora la percepción de posibles donantes, inversores, voluntarios …
  • Fomenta la adhesión a las entidades para que su trabajo y valores son públicos y notorios.

 

¿Cómo debe ser la información que queremos transmitir?

  • Completa y con datos primarios: estatutos y otra normativa esencial asociada.
  • Inteligible: explicar los estatutos, destacando los puntos más importantes y luego un enlace al documento completo.
  • Presentada en diferentes niveles de profundización: En función de la actividad de la entidad.
  • Oportuna: publicada en el momento adecuado.
  • Adecuada: para explicar correctamente la gestión y la entidad en sí misma.
  • Fácilmente accesible: bien organizada.
  • Accesible de forma no discriminatoria: universal.
  • Presentada en formatos estandarizados, reutilizables y libres de licencia: Los documentos colgados deben estar totalmente disponibles.
  • Adaptada para ser consultada en diferentes tipos de plataformas.
  • Humanizada: tratamos de evitar figuras genéricas; las decisiones las toman “personas”.
  • Contextualizada: explicar por qué hemos pensado o hemos llegado a esa decisión, de acuerdo con la misión de la entidad.
  • Contrastada: se debe verificar con técnicos y asesores.
  • contrastable: que cualquiera pueda contrastar la información.

Es importante que las entidades vayan trabajando en el tema de la Transparencia y que se vayan preparando, dado que la normativa está en vigor desde junio de 2015.

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Desde el ” Laboratori de Periodisme i Comunicació per a la Ciutadania Plural (LPCCP)”, grupo de investigación reconocido por la Universitat Autònoma de Barcelona, han elaborado un manual y una guía de autoevaluación para las entidades. Este material ha sido elaborado gracias a las opiniones y propuestas de miembros de diferentes entidades, el cual os enlazamos por si es de vuestra ayuda.

http://labcompublica.info/wp-content/uploads/2014/12/Guia%20autoavaluacio%20ESAL_LPCCP-UAB.pdf

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Asesoría en Barcelona

Sagarra i Montalvo Gestió BCN

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